La Reforma Fiscal ha modificado la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Ley del Impuesto sobre Sociedades y sus Reglamentos. Y dentro de las modificaciones que se han producido merece ser destacada la modificación de los tipos de retención para el ejercicio 2.015.
Los nuevos tipos de retención, aplicables desde el día 1 de Enero de 2.015, son los siguientes:
Retribución de administradores sociedades mercantiles |
37% |
Administradores de sociedades con cifra de negocio inferior a 100.000 euros |
20% |
Arrendamiento de inmuebles |
20% |
Capital Mobiliario |
20% |
Rendimientos actividades profesionales |
19% |
Rendimientos actividades profesionales (primeros dos años) |
9% |
Rendimientos actividades profesionales con rendimientos bajos (rendimientos íntegros año anterior inferior a 15.000 euros) |
15% |
Determinadas actividades en régimen de estimación objetiva (módulos) |
1% |
Ganancias patrimoniales |
20% |