COMENTARIOS AL REAL DECRETO 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE

El día 22 de Diciembre de 2.013 ha entrado en vigor el Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, siendo las principales novedades las siguientes:

 

- Contrato de trabajo a tiempo parcial: se modifican diversos aspectos del contrato de trabajo a tiempo parcial, permitiendo la celebración del contrato de apoyo a los emprendedores también a tiempo parcial (y por lo tanto, que tenga un período de prueba de un año), adaptándose las bonificaciones e incentivos fiscales. Desaparece la posibilidad de que los trabajadores contratados a tiempo parcial puedan realizar horas extraordinarias, y se modifica el régimen de las horas complementarias. Se reduce la cotización en caso de contrato de duración determinada en prácticas (reducción de un 1%).

 

- Contratos de trabajo de duración determinada: el período de prueba de los contratos deduración igual o inferior a seis meses no podrá ser superior a un mes.

 

- Contrato de trabajo en prácticas: se permite que las empresas de trabajo temporal puedan ceder a empresas usuarias trabajadores contratados en prácticas y se extienden las bonificaciones por la transformación en indefinido de dichos contratos a las empresas usuarias.

 

- Reducción de jornada por guarda legal: se amplía de ocho a doce años la edad del menor cuya guarda puede justificar la reducción de jornada.



Se habilita al gobierno para que proceda a la reordenación normativa de los incentivos a la contratación. El Gobierno pretende reducir el número de contratos de trabajo a cuatro modelos (indefinido, temporal, prácticas y formación y aprendizaje) y reordenar los incentivos a la contratación para unificar en un único texto las bonificaciones y reducciones actualmente dispersas.

 

En consecuencia, el Real Decreto Ley 16/2013 modifica de forma importante el contrato de trabajo a tiempo parcial y aumenta la edad del menor en supuestos de reducción de jornada. Además pretende, con la reordenación de contratos de trabajo y de incentivos a la contratación que se realizará en las próximas fechas, unificar la dispersa regulación actualmente existente.

 

 

Madrid, 23 de Diciembre de 2.013.

Asesores Reunidos Arga, S.L.




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