Información sobre tipos de retención aplicables a partir del 1 de enero de 2016.
A partir del día 1 de enero de 2.016 se modifican algunos tipos de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades, y los tipos de retención a aplicar son los siguientes:
Retribución de administradores sociedades mercantiles |
35% |
Administradores de sociedades con cifra de negocio inferior a 100.000 euros |
19% |
Arrendamiento de inmuebles |
19% |
Capital Mobiliario |
19% |
Rendimientos actividades profesionales |
15% |
Rendimientos actividades profesionales (primeros dos años) |
7% |
Rendimientos actividades profesionales con rendimientos bajos (rendimientos íntegros año anterior inferior a 15.000 euros) |
0% |
Determinadas actividades en régimen de estimación objetiva (módulos) |
1% |
Ganancias patrimoniales |
19% |
En cuanto a los tipos impositivos de I.V.A. no existe modificación alguna, por lo que seguirán aplicándose los tipos que se venían aplicando en 2.015.
Asesores Reunidos Arga, S.L.
Madrid, a 14 de Diciembre de 2.015.